SIEE

COLEGIO ORLANDO HIGUITA ROJAS IED

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEE)

“Por medio del cual se modifica y adopta el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES (SIEE) del Colegio Orlando Higuita Rojas (IED)”

 

El Consejo Directivo del Colegio Orlando Higuita Rojas (IED), en uso de sus atribuciones legales y en concordancia con lo estipulado en la Ley 115 de 1994, Decreto 1860 de 1994, Decreto 1290 de 2009, Decreto 501 de 2016 y demás normas complementarias, CONSIDERA:

Que el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES (SIEE) hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional – PEI.

Que el Consejo Directivo en sesión del 12 de septiembre de 2018 se reunió con el objeto de actualizar el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES (SIEE) existente para hacerlo más funcional, a fin de definir claramente los procesos y procedimientos evaluativos en la institución, acorde con las exigencias socio culturales, coherente con los principios constitucionales y normas educativas vigentes.

Que para garantizar una formación integral de los estudiantes y su incorporación a la sociedad en el marco de la “Comunicación y Derechos Humanos para la Transformación Social” es necesario que la comunidad educativa asuma su identidad filosófica y pedagógica, alcance metas y objetivos educativos, contando con un SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN que sea conocido, aplicado y respetado por todos sus miembros.

Que el Consejo Directivo como máxima instancia del Gobierno Escolar, aprobó delegar en el Rector la publicación y difusión entre la comunidad educativa del presente SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES

 

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 67 de la Constitución Nacional, consagra «La Educación como un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes valores de la cultura. Que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación…». Además, la norma constitucional dice que la educación formará al colombiano en el respeto, los derechos humanos, la paz y la democracia; en la práctica del trabajo, la recreación, el mejoramiento cultural, científico y tecnológico.

Que el Artículo 5 de la Ley 115 de 1994 consagra los Fines de la Educación que las instituciones educativas están obligadas a desarrollar a través del currículo general dentro de su Proyecto Educativo Institucional. Que el Artículo 80 de la Ley 115 de 1994 estipula que el Ministerio de Educación Nacional establecerá un Sistema Nacional de Evaluación de la Educación con el fin de velar por la calidad, por el cumplimiento de los fines de la educación, por la formación moral, intelectual y física de los educandos. Diseñará y aplicará criterios y procedimientos para evaluar la calidad de la educación que se imparte, los logros de los estudiantes, la eficacia de los métodos pedagógicos, la organización administrativa y física de las instituciones, y la eficiencia de la prestación del servicio.

Que en los Artículos 8° y 11° del Decreto 1290 de 2009 se plantea que cada establecimiento educativo debe definir, adoptar y divulgar el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES después de su aprobación por el Consejo Académico, y posteriormente, aprobarlo en sesión en el Consejo Directivo para incorporarlo al Proyecto Educativo Institucional y darlo a conocer a la comunidad educativa del Colegio.

Que el Artículo 2.3.3.6.1.8 del Decreto 501 de 2016 define los Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) como una herramienta dirigida a toda la comunidad educativa para identificar los Saberes Básicos que han de aprender los estudiantes en cada uno de los grados de Educación Preescolar, Básica y Media, con el fin de fortalecer las prácticas escolares y mejorar los aprendizajes.

Que el Artículo 2.3.3.6.2.4 del Decreto 501 de 2016, numeral 1 plantea que los establecimientos educativos adelantarán la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional y reformularán el Currículo y el Plan Estudios, a fin de alinearlos con los Estándares de las Competencias Básicas y Ciudadanas, orientaciones pedagógicas, los lineamientos curriculares y los Derechos Básicos de Aprendizaje propuestos por el MEN.

Que el Artículo 2.3.3.6.2.4 del Decreto 501 de 2016, numeral 3 plantea la revisión y ajuste del Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes,  modificaciones que surjan con la implementación de la Jornada Única mediante el uso de los siguientes insumos:  la evaluación formativa de los estudiantes  que realiza el docente en el aula, los criterios de evaluación y promoción,  las tasas de aprobación y repitencia del establecimiento educativo, los resultados por grado y grupos de los exámenes de Estado, y la matriz de referencia de las competencias a evaluar en los exámenes de Estado.

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1. PRINCIPIOS ORIENTADORES

Dando cumplimiento al Artículo 8 del Decreto 1290 del 2009, el proceso de evaluación del Colegio Orlando Higuita Rojas (IED) está orientado a la adquisición del conocimiento y al desarrollo de habilidades y competencias: del pensamiento, comunicativas, ciudadanas, tecnológicas, artísticas, estéticas y motrices, que le permitan a los niños, niñas y jóvenes aprender a ser y hacer para la transformación y cuidado de su entorno, estableciendo como principios orientadores para el desarrollo de los componentes del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes y su articulación con el Proyecto Educativo Institucional, las siguientes concepciones:

CONCEPCIÓN  DE APRENDIZAJE:  El aprendizaje es un proceso autónomo, continuo e integral que permite el avance y desarrollo cognoscitivo, socio-cultural, espiritual, físico-creativo y personal, formando individuos con conocimiento de sí mismos y de su entorno con valores, actitudes y aptitudes para desenvolverse en diferentes contextos; solucionando problemas en su cotidianidad a partir de sus necesidades culturales, psicológicas, sociales, afectivas y espirituales propias de la concepción humanística contemporánea y por lo tanto,  mejorando sus condiciones de calidad de vida, con responsabilidad social y respeto hacia el medio ambiente.

CONCEPCIÓN DE CICLO EDUCATIVO: Es el conjunto de condiciones y programas, de intenciones y estrategias, de recursos y acciones pedagógicas y administrativas, integradas y articuladas entre sí, para desarrollar una unidad de tiempo que abarca varios grados, dentro de la cual los estudiantes pueden promoverse con más flexibilidad hasta alcanzar los objetivos programados para cada grado. Los ciclos educativos son estrategias de organización curricular que deben promover el desarrollo de las capacidades, desempeños y competencias de los niños, niñas y jóvenes; y a su vez permitir la articulación de cada ciclo con los demás asumiendo la complejidad de los aprendizajes y conocimientos, así como el progreso en el dominio de las “herramientas para la vida” y el acceso a los bienes culturales de la sociedad (Secretaría de Educación Distrital [SED], 2008).

CONCEPCIÓN DE PERÍODO ACADÉMICO: Un período académico es un espacio de tiempo escolar en el cual se lleva a cabo una serie de acciones pedagógicas que permiten el desarrollo y avance de los aprendizajes de los estudiantes, y el logro de los desempeños y competencias comunes para avanzar al siguiente grado

El año escolar del colegio OHR desde grado preescolar a undécimo se dividirá en tres periodos anuales, con una asignación equitativa en su porcentaje. Todas las áreas al momento de realizar la promoción tendrán el mismo porcentaje, independientemente de su intensidad horaria.

CONCEPCIÓN DE DIMENSIÓN: Es el conjunto de potencialidades fundamentales con las cuales se articula el desarrollo integral de una persona. Estas son Ética, Espiritual, Cognitiva, Afectiva, Comunicativa, Estética, Corporal y Socio-política.

CONCEPCIÓN DE EVALUACIÓN: El Colegio Orlando Higuita Rojas (IED) concibe la evaluación, como una herramienta para mejorar la calidad de la educación, en el marco de la propuesta de reorganización escolar por ciclos educativos, entendida como un proceso:

  1. INTEGRAL: En cuanto involucra los procesos de enseñanza – aprendizaje, tomando en cuenta todos aquellos factores o elementos que están directamente relacionados con los mismos, entre otros: recursos, ambientes, prácticas docentes, características  socioeconómicas de los estudiantes, aspectos culturales, sociales, psicoafectivos y en general aquellos factores que favorecen u obstaculizan los procesos de enseñanza – aprendizaje, dando cuenta de los aprendizajes y formación del estudiante en todas sus dimensiones.
  2. FORMATIVA: En la medida en que busca valorar permanentemente el proceso de enseñanza – aprendizaje, con el objetivo primordial de intervenir en estos procesos buscando mejorarlos y favorecerlos permanentemente, obviando en todo momento acciones sancionatorias, de castigo o exclusión.
  3. DIALÓGICA: En cuanto la evaluación debe ser diseñada y desarrollada con la participación de quienes forman parte de los procesos de enseñanza -aprendizaje, generando diálogo permanente entre los actores que intervienen en el logro de las metas propuestas. Este diálogo debe ser proactivo, dinámico y real, los actores deberán establecer acuerdos sobre el por qué, el para qué, y cómo se va a aprender, enseñar y evaluar. Por consiguiente, la evaluación no puede ser simplemente una calificación de productos finales, sino que tiene que dar cuenta de un proceso educativo.

La propuesta de una evaluación integral, dialógica y formativa, tiene en cuenta que la evaluación del desempeño escolar en cada período académico y en cada ciclo se debe centrar en los niños, niñas y jóvenes como sujetos complejos, individuales y diferentes unos de otros, dotados de habilidades y capacidades; de sentimientos, de experiencias, con problemas y que requieren ser reconocidos para autoafirmarse y aceptarse (SED, 2008).

CONCEPCIÓN DE LA EVALUACIÓN EN EL MARCO DEL DISEÑO CURRICULAR ARTICULADO: Para el Colegio Orlando Higuita Rojas la evaluación como proceso está inmersa en un diseño curricular articulado y transversal que toma como referencia al estudiante en todas sus dimensiones y resalta su individualidad y particularidad en su aprendizaje, lo que determina a la vez el proceso de enseñanza y las estrategias pedagógicas y didácticas a tener en cuenta en los diferentes momentos de la evaluación. Es de anotar que en Inclusión se deben tener en cuenta los siguientes términos:

  1. FLEXIBILIZACIÓN CURRICULAR: Un currículo flexible es aquel que mantiene los mismos objetivos generales para todos los estudiantes, pero da diferentes oportunidades de acceder a ellos, es decir, organiza su enseñanza desde la diversidad social, cultural, con diferentes estilos de aprendizaje de sus alumnos, tratando de dar a toda la oportunidad de aprender.
  2. DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR: Es la puesta en marcha distintas estrategias dirigidas a adaptar o modificar la propuesta curricular, tanto en los objetivos, como en la organización de espacios y tiempos o disposición de los recursos en el contexto del aula (Durán y Climent, 2017), teniendo en cuenta ritmos y estilos de aprendizajes del estudiante, que le permitan adquirir una formación acorde a sus necesidades.

CONCEPCIÓN DE HETEROEVALUACIÓN: Establece una valoración de los procesos desarrollados por los estudiantes, quienes son evaluados por los maestros desde unos criterios establecidos con anterioridad al proceso de aprendizaje, esta será es el resultado de:

  1. Evaluación inicial: Permite adecuar los objetivos del proceso enseñanza – aprendizaje a los conocimientos previos y necesidades de los estudiantes.  Cuando un estudiante sea identificado por los profesionales de Orientación como estudiante con Necesidad Educativa Permanente se realiza perfil de ingreso por parte del área de Inclusión con el fin de ubicarlo en el nivel que corresponda, de acuerdo con sus capacidades e iniciar el proceso de flexibilización y diversificación curricular.
  2. Evaluación Formativa y Continua: Se realiza durante todo el proceso de enseñanza- aprendizaje y permite identificar las dificultades y fortalezas que presentan los estudiantes para diseñar planes de mejoramiento adecuados a sus necesidades. Si un estudiante es del programa de Inclusión, la planeación de estrategias para superar sus dificultades se realizará en conjunto con el profesional de esta dependencia y se involucrará al padre de familia para que apoye de manera constante el trabajo propuesto en el aula.
  3. Evaluación Sumativa: Permite valorar el grado de alcance de los objetivos propuestos en el proceso de aprendizaje.
  4. Evaluación final por competencias: La evaluación de competencias valora la interacción de disposiciones (valores, actitudes, motivaciones, intereses, rasgos de personalidad, etc.), conocimientos y habilidades interiorizados en cada persona”, que le permiten abordar y solucionar situaciones concretas; “una competencia no es estática; por el contrario, ésta se construye, asimila y desarrolla con el aprendizaje y la práctica, llevando a una persona a que logre niveles de desempeño cada vez más altos” (MEN, 2008, p.13).

PARÁGRAFO: Al comenzar cada período académico, los docentes darán a conocer los contenidos, metodologías y criterios de evaluación en cada una de las asignaturas mediante matriz de evaluación que se entrega a coordinación académica anexo 1. Para los estudiantes de Inclusión estos elementos se trabajarán paralelamente con el docente de Inclusión y el padre de familia a quienes se les dará a conocer por escrito a través del PIAR (Plan individual de ajustes razonables)

 

CONCEPCIÓN DE AUTOEVALUACIÓN: Los niños, niñas y jóvenes reflexionan sobre su proceso de aprendizaje, esto es, ser consciente de que se sabe, darse cuenta de que se está aprendiendo, de cómo se está aprendiendo y buscar los medios para cambiar la ruta de aprendizaje si se considera que el aprendizaje no ha sido exitoso o tan exitoso como era de esperar».(Barranco ,2008)

Este proceso se llevará a cabo en un formato que da cuenta de aspectos actitudinales, procedimentales, cognitivos y comunicativos del estudiante, evaluados durante el período académico.

CONCEPCIÓN DE COEVALUACIÓN: En este tipo de evaluación, el estudiante evalúa y es evaluado por sus compañeros y docente de cada asignatura. Permite ver desde otra perspectiva los desempeños de cada estudiante, requiere de unos criterios generales que deben ser claros, medibles y acordados desde el inicio del proceso entre estudiantes y docente. Este proceso se llevará a cabo en un formato que dará cuenta del trabajo en grupo que realizó el estudiante, allí se contemplan aspectos como el apoyo, participación activa, cumplimiento de tareas, respeto y aportes significativos.

PARÁGRAFO: La auto y coevaluación deben ser realizadas como un proceso en todos los niveles, el docente debe ser mediador y orientador de esta modalidad, generando conciencia sobre el objetivo que se pretende con estos elementos evaluativos al interior de la escuela, orientados por parámetros institucionales preestablecidos en el formato empleado para cada ciclo.

CONCEPCIÓN DE PROMOCIÓN: Se asume la promoción como el reconocimiento al mérito del desarrollo formativo del talento humano de los estudiantes en los aspectos cognitivo,  procedimental y actitudinal sin desconocer la existencia de los diferentes ritmos de aprendizaje en los educandos, satisfaciendo sus necesidades y mejorando su calidad de vida  mediante capacidades y aptitudes que les permitan beneficiarse de manera responsable y ética de las oportunidades que les brinda su interacción con el contexto.

ARTÍCULO 2.  PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN

De acuerdo con el Decreto 1290 de 2009, en su Artículo 3, se establecen los Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:

  1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo, estilos de aprendizaje, tipos de inteligencia, situaciones de vulnerabilidad y riesgos biopsicosociales del estudiante para valorar sus avances.
  2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
  3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
  4. Determinar la promoción de estudiantes.
  5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

ARTÍCULO 3. MARCO CONCEPTUAL DE LA EVALUACIÓN

COMPETENCIA: Son todos aquellos comportamientos formados por habilidades cognitivas, actividades de valores, destrezas motoras y diversas informaciones que hacen posibles llevar a cabo, de manera eficaz, cualquier actividad. Las competencias deben entenderse desde un enfoque sistémico como actuaciones integrales para resolver problemas del contexto con base en el proyecto ético de vida (Tobón, Pimienta y García Fraile, 2010). El concepto de competencia va más allá del “saber hacer”, incluye el “saber ser” y el “saber conocer”. La aplicación de una competencia implica realizar un proceso de comprensión y reflexión de la dimensión social de las acciones.

DESEMPEÑO: Se concibe como un proceso a través del cual el estudiante aplica los conocimientos, procedimientos y sus actitudes en la resolución de problemas.  Son las actividades pedagógicas que proporcionan a los estudiantes la ocasión de aplicar el conocimiento adquirido a una diversidad de situaciones con la orientación del docente (Tina Blythe and Associates, 1998). Se concibe como el objetivo anual a cumplirse durante cada período, por medio de actividades en tres niveles: cognitivo, procedimental y actitudinal.

ÁREAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES: Para el “logro de los objetivos de la Educación Básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional” (Artículo 23, ley 115 de 1994). Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales son: 1. Ciencias naturales y educación ambiental. 2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia. 3. Educación artística. 4. Educación ética y en valores humanos. 5. Educación física, recreación y deportes. 6. Educación religiosa. 7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros. 8. Matemáticas. 9. Tecnología e informática. Para el logro de los objetivos de la Educación Media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la Educación Básica en un nivel más avanzado, además de las Ciencias económicas, Políticas y Filosofía (Artículo 31, ley 115 de 1994).

ÁREAS OPTATIVAS: El conjunto de asignaturas presentado por el Colegio Orlando Higuita Rojas (IED): Desarrollo Integral de la Educación Media (Ciencias Económicas y Administrativas, comunicación, inglés, investigación, lógica matemática y gestión cultural)

JORNADA ESCOLAR EXTENDIDA: Es una estrategia orientada a aumentar la permanencia de los estudiantes en el establecimiento educativo en desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales, previstas en plan de estudios desde el enfoque del fortalecimiento de competencias que se implementa una vez finalizada la jornada escolar regular. (Gestión del Tiempo escolar y Jornada Escolar Extendida, JEEX 2012. MEN)

FORTALEZA: Es el desempeño satisfactorio o la acción positiva que realiza el estudiante para demostrar que ha adquirido un conocimiento, desarrollado una competencia o mejorado un comportamiento.

DIFICULTAD: Es el desempeño no satisfactorio que impide, de manera temporal o permanente, el avance de un proceso de aprendizaje o cambio de comportamiento.

RECOMENDACIÓN: Es la observación y/o sugerencia que el docente propone en cada una de las asignaturas y que el estudiante debe realizar para avanzar en el proceso de aprendizaje y/o para mejorar su comportamiento.

EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS: Es una prueba de carácter académico que cada estudiante presenta antes de finalizar cada período escolar con el ánimo de poner en práctica el acumulado de competencias adquirido durante su proceso de aprendizaje, corresponde a un porcentaje determinado del valor total de la evaluación de todas y cada una de las dimensiones, áreas y/o asignaturas dadas en el plan de estudios de la institución.

ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN: Es la actividad periódica y constante donde el estudiante tiene la posibilidad de superar sus dificultades, alcanzar los desempeños y las competencias propuestas para cada asignatura en cada uno de los períodos académicos; su aprobación satisfactoria permite modificar la valoración en la asignatura nivelada del período académico cursado. Se estipula una semana de nivelación al finalizar cada período escolar y una al final del año académico.

ARTÍCULO 4. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

La Comisión de Evaluación y Promoción es la encargada de analizar el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de la siguiente manera:

  1. Comisión: El Consejo Académico asignará para cada grado, una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número mínimo de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia, que no sea docente de la institución, y el rector o su delegado quien la convocará y la presidirá, su función es el análisis de los casos de los estudiantes remitidos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para quienes presenten dificultades en su proceso académico.

PARÁGRAFO: En las reuniones de la Comisión de Evaluación y Promoción se solicitará el acompañamiento del Orientador y profesional de Inclusión.

Para las Comisiones se tendrán como insumos:

  1. Informe convivencial y académico por parte de los docentes directores de grupo.
  2. Consolidado de cada curso, entregado por coordinación.
  3. Observador del Estudiante.
  4. Informe del rendimiento académico de los estudiantes con desempeño bajo.
  5. Informe de seguimiento del programa de Inclusión y Orientación de los casos tratados durante el período.
  6. Estudio de caso de los niños, niñas y jóvenes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales.

ARTÍCULO 5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los criterios de evaluación que se construyeron para el SIEE en el Colegio Orlando Higuita Rojas recogen las señales, que indican en cada etapa, el aprendizaje fundamental que un estudiante debe lograr en los ámbitos:

  1. ACTITUDINAL: Acciones mediante las cuales se promuevan comportamientos o actuaciones positivas frente al estudio y la vida escolar.
  2. COGNITIVO: Procesos argumentativos, razonamientos lógicos, conceptos o en general acciones que evidencian la apropiación de conocimientos.
  3. PROCEDIMENTAL: Acciones o conductas que evidencian habilidades en la aplicación de los conocimientos aprehendidos.
  4. COMUNICATIVO: Acciones que evidencian la capacidad de entender, elaborar e interpretar las diversas formas de comunicación (oral, escrita, de imágenes, corporal, entre otras) en diversos contextos.

Los criterios de evaluación y promoción se han establecido en función de lo que se espera a nivel escolar de los estudiantes, e incluye elementos como:

  1.   En el nivel de preescolar por dimensiones del desarrollo siendo estas la cognitiva, comunicativa, personal social, corporal y artística.
  2. El desempeño individual del estudiante de acuerdo con su etapa de desarrollo.
  3. El progreso del estudiante, entendido como la relación entre la situación actual y la situación inicial.
  4. La meta propuesta, entendida como el desempeño básico que debe alcanzar cada estudiante (Secretaría de Educación Distrital [SED], 2009).

Cada dimensión de desarrollo y/o área de acuerdo con su didáctica se deben definir las estrategias propias de evaluación, se proponen los siguientes criterios generales y su respectivo nivel de desempeño:

TIPO DE APRENDIZAJE NIVEL DE DESEMPEÑO RESPECTO A:
Saber Saber: Valorar el nivel de alcance de las metas de comprensión de acuerdo con los desempeños cognitivos. Competencias Cognitivas: Procesos cognitivos, contenidos conceptuales y estrategias cognitivas
Saber Ser: Reconocer el nivel de alcance de las metas de comprensión de acuerdo con los desempeños actitudinales y valorativos Competencias Ciudadanas: Procesos socio afectivos, contenidos actitudinales, estrategias motivacionales y convivencia armónica.
Saber hacer: Valorar el nivel de alcance de las metas de comprensión de acuerdo con los desempeños procedimentales Competencias Procedimentales y laborales: Procesos psicomotores, contenidos procedimentales y estrategias metodológicas

Los criterios de evaluación y promoción deben:

  1. Cumplir con los desempeños, habilidades, derechos básicos de aprendizaje y estándares básicos requeridos para cada nivel.
  2. Cumplir con la evaluación holística que se adaptará a las capacidades físicas y psicológicas de los estudiantes.
  3. Cumplir con la evaluación que debe ser continua.
  4. Desarrollar evaluaciones escritas acumulativas por período en todos los niveles, las cuales equivaldrán a un porcentaje
  5. del juicio valorativo del período, realizando pruebas por competencias para todas las áreas y/o asignaturas.
  6. La evaluación y promoción de los estudiante  en condición de discapacidad se tratará en el articulo 16 del presente documento.

La valoración porcentual para cada uno de los componentes de la nota de cada período se establece de la siguiente manera:

  1. El 15% para la autoevaluación, entendida como la valoración consciente del proceso de aprendizaje por parte del estudiante.
  2. El 15% para la coevaluación, entendida  como la valoración entre pares.
  3. El 70% para la heteroevaluación, entendida como el proceso de interacción
  4. docente – estudiante – conocimiento, incluida en este porcentaje la evaluación periódica.

ARTÍCULO 6. CRITERIOS DE PROMOCIÓN

El colegio por autonomía institucional dada en el decreto 1290 de 2009, adopta la promoción por grados contemplando sus características dentro del ciclo correspondiente, de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. Cuando el estudiante cumple con la asistencia mínima escolar de un  80% del total del año escolar.
  2. Se  tendrá en cuenta la inclusión social y el respeto a las diferencias de los estudiantes, como en el caso de condición de discapacidad y/o talentos excepcionales.
  3. Cuando el estudiante en todas las áreas y/o dimensiones tiene un desempeño Básico, Alto o Superior al finalizar cada grado.
  4. Cuando el estudiante obtuvo valoración Bajo en máximo dos áreas.
  5. Cuando la Comisión de Evaluación determine promover al estudiante pese a no cumplir los numerales 3 y 4, según análisis y criterios para cada caso.
  6. Para los estudiantes de grado Undécimo, se debe certificar realización del Servicio Social obligatorio de acuerdo con  la resolución del Ministerio de Educación Nacional 4210 de 1996.
  7. En casos excepcionales como enfermedades terminales y/o degenerativas se deben anexar las evidencias clínicas correspondientes para su remisión a la Comisión de Evaluación y Promoción.

Parágrafo 1:Para que los estudiantes de grado Undécimo, participen de la ceremonia de graduación deberán haber presentado la prueba de estado ICFES y  no haber reprobado más de un área según previo concepto de la  comisión de evaluación y promoción.

Parágrafo 2: Para que los estudiantes de grado Noveno participen en el evento que certifica la culminación de la educación básica secundaria, no podrán haber reprobado más de un área, y deberán tener concepto favorable de la comisión de evaluación y promoción.

CRITERIOS DE NO PROMOCIÓN: La NO PROMOCIÓN de los estudiantes se determinará por grados, de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. No se promocionará con tres o más áreas con desempeño Bajo,salvo decisión de la Comisión de Evaluación y Promoción.
  2. La inasistencia injustificada de más del 20 % de tiempo del calendario escolar o por más del 25% de tiempo de inasistencia continúa justificada por días programados para el año lectivo.
  3. Para los estudiantes de grado Undécimo, NO CERTIFICAR realización del Servicio Social obligatorio de acuerdo con  la resolución del Ministerio de Educación Nacional 4210 de 1996.

PARÁGRAFO 1: En todos los casos de REPROBACIÓN se  debe registrar en el acta de Comisión de Evaluación y Promoción  las acciones concretas que realizó el docente para aquellos estudiantes que ameritan la repitencia, de modo que se evidencie el proceso pedagógico y de seguimiento que se llevó a cabo.

PARÁGRAFO 2: El presentar excusa (falla justificada por calamidad doméstica, situación médica o familiar) no quita la falla, permite  que el estudiante se ponga al día con sus obligaciones académicas en las diferentes áreas, tendrá un máximo de TRES días hábiles para la presentación de la misma.

PARÁGRAFO 3: En el caso de las áreas que tengan dos o más asignaturas  la valoración final será el promedio, según criterios establecidos por cada área al inicio del año escolar.

PARAGRAFO 4: La repitencia de un grado es una medida extrema que la institución adopta como alternativa para prolongar o incrementar el tiempo necesario que un educando debe tener para aprender lo que debe aprender. En consecuencia, podrá reiniciar el proceso académico solo UNA VEZ. Si reitera la no promoción se le indicara al padre de familia cambio de ambiente escolar. (Decreto 1290 de 2009)

REQUISITOS PARA LA PROMOCIÓN ANTICIPADA: Los requisitos que los estudiantes deben cumplir para solicitar la promoción anticipada tanto para estudiantes que reiniciaron el grado como para aquellos estudiantes que por efecto de sus ritmos de aprendizaje evidencian desempeño superior y avanzados en relación con el resto del grupo son:

  1. Los estudiantes de Preescolar a Décimo que presenten desempeño académico Superior en todas las áreas y/o dimensiones del grado que cursa deben realizar la solicitud de Promoción anticipada sólo al finalizar el primer período académico; además,  no haber incurrido en dificultades de orden disciplinario durante el período escolar en curso.
  1. Para todos los casos, se debe presentar ante la Comisión de Evaluación y Promoción del grado  una solicitud firmada por el estudiante, el padre de familia o acudiente y el director de grupo solicitando el estudio del caso.
  1. Los estudiantes que solicitan la Promoción anticipada deben presentar prueba de suficiencia de las áreas y/o dimensiones según el plan de estudios acorde con lo expuesto en la Ley 115 de 1994 y prueba psicotécnica adelantada por Orientación, que informe sobre la pertinencia social, afectiva y cognitiva de la promoción.
  1. Obtener en la prueba de suficiencia una valoración de desempeño Superior.

Estos casos serán analizados por la Comisión de Evaluación y Promoción del grado, quien dará el aval para ser remitido al Consejo Académico quien a través del acta de la sesión correspondiente informará el resultado de la solicitud.

PARÁGRAFO 4: El cupo para el estudiante que supere el proceso de  Promoción anticipada estará sujeto a disponibilidad institucional.

PARAGRAFO 5: Al estudiante promovido de manera anticipada se le registrarán las valoraciones obtenidas en el primer periodo del grado que cursaba.

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR  LA PROMOCIÓN ANTICIPADA 

  1. Los padres de familia o acudientes deben radicar una carta a Coordinación Académica solicitando la promoción anticipada del estudiante, máximo una semana después de finalizado el primer periodo.
  1. El coordinador académico debe solicitar el reporte académico y convivencial del estudiante al director de grupo, respecto del primer período del año.
  1. El coordinador académico programará la Prueba  de suficiencia preparada por los docentes del grado que cursa y al que aspira atendiendo a las competencias, desempeños y derechos básicos del aprendizaje.
  1. El coordinador académico remitirá estos documentos al Comité de Evaluación y Promoción quien los estudiará y emitirá un concepto valorativo que deberá ser ratificado por los integrantes del Consejo Académico.

El Consejo Académico expedirá un informe con los resultados obtenidos en el proceso, emitiendo un concepto valorativo que será remitido al Consejo Directivo para que sea tomada la decisión final.

ARTÍCULO 7. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL

El Colegio Orlando Higuita Rojas (IED) adopta una escala cuantitativa de  1.0 a 5.0 (UNO A CINCO) para valorar los desempeños de los estudiantes y define o conceptualiza cada elemento de la escala de valoración nacional así:

DESEMPEÑO SUPERIOR: El desarrollo integral del estudiante es muy destacado, superando ampliamente los desempeños  y competencias  para el grado, su actitud es positiva, es crítico y propositivo, consulta fuentes, entrega trabajos a tiempo, no presenta inasistencias o presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado; no presenta dificultades en su comportamiento, se relaciona apropiadamente con los integrantes de la comunidad educativa, y manifiesta sentido de pertenencia Institucional.

DESEMPEÑO ALTO: El desarrollo integral del estudiante es destacado, superando los desempeños y competencias para el grado, su actitud es positiva, entrega trabajos a tiempo, no presenta inasistencias o presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado, presenta buen comportamiento y evidencia sentido de pertenencia institucional.

DESEMPEÑO BÁSICO: El desarrollo integral del estudiante es adecuado, alcanzando los desempeños y competencias necesarios para el grado, presenta fallas justificadas e injustificadas que afectan su proceso de aprendizaje, evidencia una actitud positiva en clase, cumple con los requerimientos mínimos del proceso de aprendizaje.

DESEMPEÑO BAJO: El desarrollo integral del estudiante se ve afectado porque presenta dificultades para alcanzar los desempeños y competencias  necesarios para el grado y pocas veces se preocupa por cumplir con los requerimientos mínimos del proceso de aprendizaje, presenta fallas injustificadas que afectan significativamente este proceso. Su actitud no favorece los procesos de convivencia.

PARÁGRAFO 1: Si un estudiante no justifica las fallas después de tres días hábiles, su nota para cada tipo de evaluación será 1.0 (Uno)  junto con las fallas presentadas durante el período aclarando que cada bloque de clase equivale a dos fallas. Con fallas justificadas, el estudiante tiene derecho a presentar la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.

PARÁGRAFO 2: La escala de valoración es igual para los niños, niñas y jóvenes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales o del programa de Inclusión basándose en la flexibilización y diversificación curricular propuesta para cada uno de los estudiantes, al principio de cada período académico, siempre y cuando el acudiente presente el respectivo informe de Coeficiente intelectual dado por la EPS o una institución certificada.

Para facilitar la movilidad de los  estudiantes entre establecimientos educativos  se homologa  la Escala Cuantitativa  adoptada con la Escala Nacional, de acuerdo con lo expresado en la siguiente información:

HOMOLOGACIÓN DE LA ESCALA CUANTITATIVA CON LA ESCALA NACIONAL

Desempeño Superior: 4.6 a 5.0 Desempeño Básico: 3.0 a 3.9
Desempeño Alto:         4.0 a 4.5 Desempeño Bajo:    1.0 a 2.9

PARÁGRAFO 3: En los casos en donde los  estudiantes incurran en inasistencia injustificada superior al 20% del período académico o se presenten casos de fraude, la nota valorativa puede ser de 1.0 (uno).

PARÁGRAFO 4: El juicio valorativo de cada período y el consolidado final, se presenta con una cifra decimal realizando aproximación en la segunda cifra.

PARÁGRAFO 5: Para preescolar se realiza un anexo que aclara las particularidades de este nivel de enseñanza, será realizado por el docente titular del grado.

ARTÍCULO 8.  LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES

Se tendrán en cuenta los momentos de la evaluación a saber: Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación, contemplando los aspectos: académico, convivencial, cognitivo, afectivo, expresivo, asistencia y puntualidad. Como estrategia fundamental se mantienen las reuniones periódicas de Comisión de Grado, con el objeto de revisar constantemente el rendimiento y avances de los estudiantes en estos aspectos y así, evitar el fracaso escolar y potenciar el rendimiento académico y convivencial, apoyado por el Departamento de Orientación.

Adicionalmente, los maestros dentro del proceso tendrán en cuenta, entre otras, para valorar los desempeños de sus estudiantes las siguientes estrategias:

A NIVEL DEL APRENDIZAJE
Trabajo individual: Facilita el aprendizaje experiencial individual, mediante el estudio independiente.
Trabajo en pequeño equipo: Facilita el aprendizaje cooperativo, mediante el intercambio de experiencias
Trabajo en gran equipo: Facilita el aprendizaje social, mediante la enseñanza recíproca.
La enseñanza directa: Facilita el aprendizaje inferencial, mediante la clase regular o magistral.
La autoevaluación: Facilita el Aprendizaje metacognitivo, mediante la verificación, reflexión y regulación.

PARÁGRAFO: Los trabajos en equipo se desarrollan por políticas del colegio dentro de la institución.

PARÁGRAFO: El Departamento de Orientación e inclusión generará  las competencias básicas para la evaluación de los estudiantes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales,  para que el docente de cada área tenga parámetros claros sobre la evaluación de dicha población estudiantil.

ARTÍCULO 9.  ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS  ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

En cada grado y ciclo se determinan  procesos y estrategias que serán llevados a cabo dentro del horario que se establezca y que propendan por el mejoramiento de aquellos estudiantes que hayan quedado con desempeño Bajo en el transcurso de un período académico. Esta actividad es una responsabilidad compartida por el estudiante, los docentes y los padres de familia o acudientes (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15).

ESTRATEGIAS DE MEJORAMIENTO: Para lograr que los estudiantes con dificultades académicas alcancen los logros mínimos propuestos se implementarán las siguientes estrategias:

  1. Seguimiento constante durante el periodo académico brindando las oportunidades necesarias, para el que el estudiante pueda superar las dificultades presentadas.
  1. Después de haber cursado y evaluado el 60% del periodo académico equivalente a la séptima semana para todos grados, se realizará un corte para detectar casos de estudiantes con bajo desempeño y poder informar a los padres de familia, acudientes y/o cuidadores para que de manera conjunta se determinen y acuerden compromisos y actividades para prevenir perdida de materias en el periodo. Este procedimiento se realizará mediante un documento compartido en donde se registrarán los estudiantes que presentan bajo desempeño. ( anexo 2)
  1. Al finalizar cada período el docente elaborará un formato de rendimiento académico en el cual dé  cuenta de las causas observadas para la reprobación de  los estudiantes a su cargo  junto con las estrategias de mejoramiento que implementará para  disminuir el índice de perdida, servirán de insumo para las Comisiones de Evaluación. (anexo 3)

 

  1. Acompañamiento de los padres en las actividades propuestas por la Institución.
  1. Diligenciamiento de Actas de compromiso para los estudiantes y padres que son remitidos por la Comisión de Evaluación y Promoción. (Anexo 4).

El coordinador(a) académico(a) bajo acompañamiento del equipo de Orientación y después de realizado el debido proceso con los estudiantes, al terminar cada período académico cita a reunión a los padres y madres de familia, acudientes y/o cuidadores de aquellos estudiantes que se encuentren perdiendo DOS o más áreas y estudiantes que reinciden en la perdida de una misma asignatura en periodos consecutivos, con el fin de fijar parámetros y compromisos de mejora.

PROCESO DE NIVELACIÓN: Los parámetros y condiciones del proceso de nivelación se enmarcan en:

  1. Nivelan aquellos estudiantes que tienen nota inferior a 3.0.  Las nivelaciones se realizarán cada vez que se termine un período académico, dentro del horario de clase del docente.
  1. Para la realización de las nivelaciones se debe garantizar la permanencia de TODOS los estudiantes durante la jornada escolar, a partir de ello, se deben manejar los tiempos dentro de la misma para realizar actividades de nivelación, refuerzo y profundización con los grupos correspondientes.
  1. Las nivelaciones se realizarán antes del finalizar  cada período académico, al final del  año escolar tienen oportunidad de presentar nuevamente la nivelación  de los períodos reprobados.
  1. Al finalizar cada período académico el docente a cargo de la asignatura diligenciará el formato único de seguimiento  con el nombre de los estudiantes que deben presentar actividad junto con la valoración obtenida después de su revisión y la firma de los padres y/o acudientes que soporte la entrega o no de esta actividad. (anexo 5)
  1. La nivelación  tendrá una nota máxima de 3.0,  la cual será registrada en la plataforma por el docente y aparecerá en el boletín del periodo correspondiente como nota de nivelación; quienes no presenten actividad de nivelación la nota con la cual perdieron la asignatura se mantendrá.

PARAGRAFO 1: El docente podrá realizar nivelaciones durante el transcurso de cada período teniendo en cuenta el proceso que lleva cada estudiante y registrarlas a través de la plataforma. Es importante recordar que las nivelaciones se realizan por procesos y no exclusivamente por temáticas.

PARÁGRAFO 2: Obligación especial de la familia: el padre acudiente y/o cuidador una vez enterado a través de cualquier medio sobre el desempeño Bajo del estudiante, deberá presentarse inmediatamente ante el profesor de la asignatura y/o titular de curso en los horarios establecidos para definir y seguir las acciones académicas individuales en cada período académico sin esperar hasta el final del año lectivo.

PARAGRAFO 3 : Los estudiantes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales  recibirán un Plan de mejoramiento en presencia de sus padres para que junto con ellos se apoyen los procesos de aula.

ARTÍCULO 10. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

En el Colegio Orlando Higuita Rojas (IED) la Autoevaluación es entendida como una oportunidad de aprendizaje donde el estudiante se cuestiona a sí mismo, juzga objetiva y constructivamente su propio trabajo, sus propias realizaciones y reconoce las causas internas de sus aciertos y errores.

En todas las áreas y/o dimensiones y para cada período académico, se favorecerá la Autoevaluación de los estudiantes, la cual debe ser incluida dentro de la valoración del período mediante Formato de Autoevaluación Institucional que incluya las fases de: Autoverificación, Autorreflexión, Autodiagnóstico y Autorregulación.

  1. Autoverificación (Dimensión cognitiva): Consiste en que el estudiante compruebe hasta qué punto los procesos, procedimientos y productos propuestos en el proceso de aprendizaje reúnen las especificaciones y los requisitos establecidos. Además, debe hacer referencia al análisis sobre la imagen que tiene sobre sí mismo.
  1. Autorreflexión y Autodiagnóstico (Dimensión Actitudinal): Pretende medir el grado en que los resultados internos y externos (escritos, orales, materiales) traducen las intenciones propuestas en cada una de las áreas y/o dimensiones. Se muestra el aprendizaje de procesos, de conocimientos, de habilidades y destrezas, de actitudes, valores, hábitos y modelos mentales; revela el esfuerzo empleado para ejecutar la tarea de manera coherente y significativa, teniendo en cuenta todos aquellos factores intrínsecos y extrínsecos que dificultan o que contribuyen a mantener las inconsistencias que presentan los resultados del proceso de aprendizaje.
  1. Autorregulación (Dimensión Procedimental): Es la acción remedial que se propone el estudiante para satisfacer las necesidades y resolver los problemas identificados. Pues, no es suficiente señalar las dificultades y obstáculos que le asedian y es menester proponerse vencerlos y superarlos, lo cual implica esfuerzo, voluntad y convicción.

ARTÍCULO 11. LOS PROCESOS DE COEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

En el colegio Orlando Higuita Rojas (IED) la Coevaluación es entendida como el proceso de valoración conjunta que se realiza con  los  estudiantes sobre la actuación del grupo, atendiendo a criterios de evaluación o indicadores establecidos por consenso. Es una oportunidad de aprendizaje donde el grupo es quien se evalúa. Esto es, generar y desarrollar una evaluación en que se permita a los estudiantes participar en el establecimiento y valoración de los aprendizajes logrados, ya sea por algunos de sus miembros o del grupo en su conjunto. La Coevaluación permite al estudiante y al docente:

  1. Identificar los logros personales y grupales.
  2. Fomentar la participación, reflexión y crítica constructiva ante situaciones de aprendizaje.
  3. Opinar sobre su actuación dentro del grupo.
  4. Desarrollar actitudes que se orienten hacia la integración del grupo.
  5. Mejorar su responsabilidad e identificación con el trabajo.
  6. Emitir juicios valorativos acerca de otros en un ambiente de libertad, compromiso y responsabilidad.

La Coevaluación se entiende como la reflexión y discusión compartida a lo largo de las actividades que se desarrollan, ya sean en pequeño o en gran equipo y  la evaluación que hacen los otros compañeros sobre el trabajo. Además, desde una perspectiva formativa, esta Coevaluación supone:

  1. Enfrentar al estudiante a las tareas de evaluación como parte de su proceso formativo.
  2. Participar activamente de un proceso de aprendizaje compartido.
  3. Establecer previamente indicadores consensuados para la evaluación.
  4. Emitir juicios críticos sobre terceras personas, facilitando propuestas de mejora.

Esta actividad tiene un doble objetivo,  por una parte, permite al estudiante enfrentarse a una tarea de la evaluación como parte de su proceso formativo y, en segundo lugar, participar activamente de todo el proceso de aprendizaje compartido.

ARTÍCULO 12. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES:

El Colegio Orlando Higuita Rojas (IED) define como situaciones pedagógicas pendientes, solamente aquellas en que por causa justificada el estudiante no pueda asistir de forma regular a las clases. Para esta situación se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. Concepto favorable del departamento de orientación y/o inclusión con indicaciones a seguir frente al caso presentado.
  2. Concepto del director de grupo
  3. La Comisión de Evaluación y Promoción  establecerá los  mecanismos y estrategias a seguir.

ARTÍCULO 13. ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA

Al finalizar cada período se hará entrega del Informe Académico de los estudiantes, este contiene:

  1. Valoraciones, resultado de la Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación obtenidos en el período cursado.
  2. Indicadores de desempeños señalando si fueron alcanzados o no.
  3. Desempeño Académico en negrilla y su equivalente en valoración numérica por período.
  4. Observaciones y/o recomendaciones.
  5. Valoraciones de los períodos cursados
  6. Número de fallas.
  7. Valoración de nivelaciones.

PARAGRAFO: Los informes para ciclo inicial relacionan el carácter cualitativo y descriptivo de su valoración, permite a los docentes y a los padres de familia apreciar el avance en la formación integral del estudiante, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.

ARTÍCULO 14. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES, Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Las peticiones de los padres de familia, acudientes y/o estudiantes sobre evaluación y promoción, se harán a través del diálogo siguiendo las instancias establecidas dentro del ACUERDO de convivencia para hacer los requerimientos pertinentes dentro del debido proceso, teniendo para ello una semana calendario para efectos del reclamante. Las instancias a la cual los peticionarios pueden acudir para la resolución de reclamaciones son:

PRIMERA INSTANCIA: El peticionario (estudiante, padre, madre, acudiente o apoderado) deberá:

  1. Solicitarlo por escrito ante el docente que ha expedido la calificación (así lo menciona el Código Administrativo en cuanto al agotamiento de la vía gubernativa y al debido proceso).
  2. Radicar la solicitud en un término máximo de 5 días hábiles posteriores a la entrega del boletín y/o de la calificación.
  3. El documento escrito tendrá como mínimo los siguientes contenidos: fecha de presentación, referencia, fecha de acusación de los hechos, motivo de la solicitud y/o requerimiento, pretensiones, sustento (podrá ser normativo y/o de hechos), el área y/o dimensión de desarrollo, pruebas (si es del caso), quien realizó la valoración (si es del caso), dirección del peticionario, teléfono fijo o celular del peticionario (si lo posee) y correo electrónico del peticionario.

El docente deberá darle trámite a la petición y responderla a través de oficio escrito en un término máximo de 3 días hábiles, después de radicada la solicitud. Dicha respuesta deberá contar con el visto bueno del Jefe de Área y de Coordinación  Académica.

SEGUNDA INSTANCIA: El  estudiante, sus padres, acudiente o apoderado, una vez sean informados de la respuesta dada por la primera instancia, en caso de no estar de acuerdo con el fallo, deberá:

  1. Radicar por escrito la solicitud a la instancia superior inmediata de quienes profirieron el primer fallo, para el caso, Consejo Académico.
  2. Presentar la petición en un término máximo de 5 días hábiles posteriores a la entrega de la decisión de la primera instancia.
  3. El documento escrito tendrá como mínimo los mismos contenidos que se piden en la primera instancia.

El Consejo Académico responderá en un término máximo de 10 días hábiles, después de radicada la solicitud, en el sentido de ratificar o cambiar la decisión dada en la primera instancia.

TERCERA INSTANCIA: El estudiante, sus padres, acudiente o apoderado, una vez sean informados de la respuesta dada por la segunda instancia, en caso de no estar de acuerdo con el fallo, deberá:

  1. Radicar por escrito el recurso de apelación a la instancia superior inmediata de quienes profirieron el segundo fallo, para el caso, Consejo Directivo.
  2. Presentar el recurso de apelación en un término máximo de 5 días hábiles posteriores a la entrega de la decisión de la segunda instancia.
  3. El documento escrito tendrá como mínimo los mismos contenidos que se piden en la primera instancia.

El Consejo Directivo responderá en un término máximo de 10 días hábiles, después de radicada la solicitud, en el sentido de ratificar o cambiar la decisión de la segunda instancia. Ante este Acto Administrativo no procede ningún recurso a nivel de la institución educativa. Además, se establecerán horarios de atención a padres y/o acudientes donde haya la mayor parte de docentes del nivel disponibles para atender a los peticionarios.

Cada miembro de la comunidad educativa será auditor de su labor y la de su comunidad educativa de tal forma que se cumpla el conducto regular a cabalidad sin omitir ningún estamento para la solución de conflictos.

ARTÍCULO 15. DERECHOS, DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA, SEGÚN EL DECRETO 1290

Teniendo en cuenta que los padres de familia cumplen un papel fundamental en la formación integral de sus hijos es importante recordar los derechos y deberes estipulados en el decreto 1290:

 DERECHOS DEL ESTUDIANTE (Decreto 1290, Art. 12). El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

  1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales
  2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,  procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
  3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
  4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.

DEBERES DEL ESTUDIANTE (Decreto 1290, Art. 13). El  estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:

Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo.

Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.

DERECHOS DE LOS PADRES  DE FAMILIA  (Decreto 1290, Art. 14). En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

  1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,  procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
  2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
  3. Recibir los informes periódicos de evaluación.
  4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA  (Decreto 1290, Art. 15). De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:

  1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación y promoción del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar
  2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
  3. Analizar los informes periódicos de evaluación.

Parágrafo: La asistencia de los padres de familia a la entrega de informes académicos y talleres programados por la institución es de carácter obligatorio y debe dar cumplimiento a las fechas programadas por la institución.

ARTÍCULO 16. EVALUACIÓN PARA LOS ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD Y CON TALENTOS EXCEPCIONALES

Dentro del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) del colegio Orlando Higuita Rojas (IED) y en concordancia con el decreto 1421 del 29 de agosto del 2017 se encuentra un grupo importante de estudiantes a los cuales se les debe brindar la oportunidad de ser evaluados bajo un modelo flexible e inclusivo, entendiéndose la evaluación como:

“Una operación sistemática, integrada en la actividad educativa con el objetivo de conseguir su mejoramiento continuo, mediante el conocimiento lo más exacto posible del alumno en todos los aspectos de su personalidad, aportando una información ajustada sobre el proceso mismo y sobre todos los factores personales y ambientales que en ésta inciden” (Pila A, 1985).

EVALUACIÓN INCLUSIVA: es un proceso permanente que reconoce, valora y responde de manera pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas delos niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, cuyo objetivo es promover su desarrollo, aprendizaje y participación, con pares de su misma edad, en un ambiente de aprendizaje común, sin discriminación o exclusión alguna, y que garantiza, en el marco de los derechos humanos, los apoyos y los ajustes razonables requeridos en su proceso educativo, a través de prácticas, políticas y culturas que eliminan las barreras existentes en el entorno educativo. (decreto 1421 de 2017)

PRINCIPIOS DE LA EVALUACIÓN INCLUSIVA

  1. Identificar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes.
  2. Implementar sistemas de evaluación de acuerdo a las capacidades de los estudiantes.
  3. Desarrollar evaluaciones cualitativas y cuantitativas que respondan a las necesidades de los estudiantes junto con las dinámicas institucionales.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación inclusiva da respuesta a evaluar, que es lo que el docente espera que su estudiante deba saber, saber hacer y saber ser, a través de su proceso de enseñanza y aprendizaje, valorando de esta manera las dimensiones del ser humano: Cognoscitiva, Procedimental y Actitudinal. En los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional se contemplan:

  1. En el SABER SER; se evalúan las competencias necesarias en el comportamiento, disposición y actitud personal para adaptarse, integrarse, actuar de manera asertiva y aportar al logro de objetivos colectivos en coordinación con otros en diversos espacios. Los aspectos a tenerse en cuenta son: dominio personal, solución de problemas y orientación ética.

 

  1. En el SABER CONVIVIR; hace referencia a la interacción de un estudiante con otros, en diversos espacios para obtener resultados personales y colectivos, se tendrá en cuenta aspectos relacionados con: trabajo en equipo, liderazgo y manejo de conflictos.

 

  1. Desde el SABER HACER; se refiere a las capacidades que los estudiantes poseen para desempeñar en el futuro una función productiva en escenarios laborales utilizando diferentes recursos bajo condiciones que aseguren la calidad en el logro de los resultados, dentro de sus capacidades y habilidades individuales.

La valoración porcentual para cada uno de los componentes de la nota de cada período acorde al artículo 5 CRITERIOS DE EVALUACIÓN

De acuerdo al decreto 1421 del 29 de agosto del 2017 Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes

 ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN

 Dentro del marco de la evaluación inclusiva se pueden tener en cuenta las siguientes estrategias de evaluación y seguimiento:

  1. Iniciado el período escolar se acuerda con el docente de área los desempeños a trabajar, para así tener un objetivo (desempeño) claro en el momento de realizar la evaluación, se darán a conocer las estrategias de apoyo para fortalecer el SER, EL SABER, EL HACER Y EL CONVIVIR.
  2. Durante el período escolar el docente y el profesional de apoyo identificarán las necesidades y capacidades que presenten los estudiantes con el fin de concertar estrategias y alternativas de trabajo.
  3. Realizar acompañamiento a los estudiantes con mayor compromiso cognitivo en las áreas fundamentales o las que el docente vea más pertinente.
  1. Dentro de la flexibilización de desempeños se acordarán estrategias de evaluación acorde con las necesidades y habilidades del estudiante.

 

  1. El docente de apoyo realizará un informe con los avances del estudiante durante el período, éste se entregará a Coordinación, docentes en Comisión de Evaluación y Promoción, con el fin de determinar por un lado, los estudios de caso que sean oportunos y por otro, para hacer seguimiento de cada uno de los estudiantes.
  1. Se programarán de igual forma reuniones permanentes con padres de familia de acuerdo con las necesidades de cada estudiante, en donde también se desarrollarán estudios de caso con el fin de empoderar los procesos de formación y desarrollo integral de dichos estudiantes creando estrategias pedagógicas que den soluciones pertinentes para cada caso.
  1. En el informe final (anual) el profesional de apoyo registrará los avances y desempeños de los estudiantes en su proceso de enseñanza aprendizaje y se entregarán a docentes.
  1. Se orientará al padre de familia para gestionar las remisiones o informes a las instituciones, redes o entidades de apoyo a nivel de salud, recreo-deportivas entre otras, que corresponda, para fortalecer aún más los procesos de aprendizaje y mejoramiento en su proyecto de vida.
  1. Cuando se determine en algún estudiante con condición de discapacidad y/o talentos excepcionales la necesidad de otro tipo de aula que pueda responder a sus particularidades, se iniciará junto con la familia un proceso de re-valoración que oriente de forma adecuada y pertinente los procesos de formación.
  1. Diseño y ejecución de pruebas bimestrales principalmente en las áreas de español y Matemáticas de acuerdo a lo pactado con el docente, cuya nota cuantitativa y cualitativa este reflejado en informe académico.
  1. En los estudiantes con mayor compromiso cognitivo se diseñará evaluación ajustada a sus necesidades, en acuerdo con el docente de área.

PARÁGRAFO 1. En el formato del boletín general se hará la observación de las áreas y/o logros adaptados con el fin de que la familia esté informada de lo realizado en estas; esto se realizara con los casos que requieran de mayor adaptación curricular.

PARÁGRAFO 2. Se establecerán logros estándares para las asignaturas de matemáticas y español de estudiantes con mayor compromiso físico y/o cognitivo, respondiendo a los objetivos planteados de acuerdo a cada grado escolar y que atienda a las necesidades y capacidades de los estudiantes vinculados al proceso de inclusión.

PARÁGRAFO 3. Con los estudiantes que respondan de manera más asertiva a los procesos académicos, se implementarán con el docente diferentes estrategias pedagógicas que atiendan sus necesidades y continúen empoderando su formación integral.

 

CRITERIOS DE NO PROMOCIÓN

 

En acuerdo con el decreto 1421 del 2017 la promoción de estudiantes con discapacidad en la educación básica y media tendrá en cuenta la flexibilización curricular que realice el establecimiento educativo con base en los resultados de la valoración pedagógica de estos estudiantes, su trayectoria educativa, proyecto de vida, las competencias desarrolladas, las situaciones de repitencia y el riesgo de deserción escolar.

Es necesario que esta decisión sea consensuada en reuniones de comisión con docentes, y directivos, para analizar las diferentes estrategias y criterios a nivel familiar, personal y socio-emocional del estudiante con discapacidad y asi tomar una decisión asertiva; se aclara que la edad es un criterio de gran importancia en la promoción como lo plantea el decreto anteriormente mencionado.

PARAGRAFO 1: Con los casos de estudiantes en los cuales la modalidad de inclusión al aula regular no sea favorable para el estudiante, se orientará a la familia en la búsqueda de otros apoyos pertinentes a su formación integral, como lo plantea la resolución 0825 del 14 de junio de 2018.

 

ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR

Para todos los estudiantes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales se tienen en cuenta algunas de las estrategias mencionadas y otras específicas como:

  1. Compromiso permanente entre docentes, directivos docentes, estudiantes y familia y/ o acudiente o cuidadores.
  2. Apoyo pedagógico desde las diferentes áreas que intervienen en cada ciclo.
  3. Remisión a estudio de caso para favorecer el aprendizaje, los desempeños y el desarrollo adaptativo, además de reorientar el proceso educativo del estudiante.
  4. Reuniones periódicas con los docentes y padres de familia para socializar avances y compromisos.
  5. Evaluación y seguimiento del proceso de flexibilización curricular de los estudiantes realizado por docentes de apoyo.
  6. Apoyo en reuniones de Comisión de Evaluación y Promoción para analizar casos con posible pérdida del año escolar por el no cumplimiento de logros mínimos e inconvenientes en conducta escolar, o alguna falta que incida en el Manual de Convivencia.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN

La promoción de los estudiantes se toma en cuenta desde la perspectiva de carácter personal, social y actitudinal de acuerdo con la flexibilización curricular de los desempeños

  1. Tener en cuenta de manera significativa el apoyo familiar en el trabajo con los estudiantes.
  2. Tener en cuenta aquellas condiciones de discapacidad que por sus mismas particularidades les limitan estar en aula regular, se puede llegar a acuerdos pedagógicos con Coordinación, profesionales de apoyo y Orientación para que la asistencia al colegio sea continua pero no con la misma intensidad horaria, con el fin de comenzar planes de trabajo específicos dentro del sistema educativo oficial.
  1. La promoción de todos los estudiantes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales se analizará en el Comité de Evaluación y Promoción de acuerdo con los siguientes criterios:
  2. Las adaptaciones curriculares donde se establecen los desempeños y competencias para estos estudiantes.
  3. Seguimiento de las remisiones solicitadas.
  4. Cumplimiento de los logros mínimos establecidos en los criterios de evaluación.

Media Fortalecida: Los estudiantes en condición de discapacidad y/o talentos excepcionales que presenten habilidades básicas suficientes para cursar la Media Fortalecida lo realizarán con apoyo y desempeños mínimos exigidos por el docente.

En el caso de los estudiantes con Discapacidad Cognitiva, que según su proceso y valoración pedagógica realizada por el docente de apoyo no presenten habilidades básicas mínimas (lecto-escritura, razonamiento lógico-matemático, comunicación verbal coherente, adaptación social y seguimiento de instrucciones) se realizará lo siguiente:

  1. Con el consentimiento de los padres de familia realizará curso virtual SENA o actividades virtuales sugeridas por el docente a cargo, éstas se realizarán con apoyo en casa y bajo supervisión.
  2. En caso que el padre de familia no acepte esta condición deberá pasar por escrito su responsabilidad de realizar acompañamiento en la participación de la educación Media Fortalecida y se evaluará con los mínimos criterios exigidos desde Inclusión.
  3. En casos de estudiantes donde su nivel cognitivo o médico no permita la asistencia a la media, se eximirán de ésta.

ARTÍCULO 17.  TRASLADOS E INGRESOS EXTEMPORÁNEOS

  1. Todo estudiante trasladado deberá radicar en la Secretaría Académica los informes académicos entregados por el colegio de origen, los cuales serán de conocimiento por el director de grupo y demás docentes.
  1. Los estudiantes trasladados de jornada serán evaluados donde hayan permanecido la mayor parte del período académico. Para garantizar continuidad, estos traslados se realizarán al finalizar período. Se deberá entregar hoja del observador al nuevo director de grupo.
  1. Si un estudiante ingresa en cualquier momento del año escolar y no presenta informe académico, será evaluado a partir del momento que inicia clases. Al ingresar recibirá inducción desde Orientación, Coordinación Académica y de Convivencia. Se enviará informe de estas instancias al director de grupo y se adelantará seguimiento en el observador.
  1. Cualquier estudiante que por proceso de traslado interinstitucional o de jornada tenga proceso de refuerzo y nivelación pendiente, el docente que tenga a su cargo la asignatura realizará el plan de mejoramiento correspondiente para su nivelación teniendo en cuenta los mínimos que exige el área para su promoción a nivel institucional.

PARAGRAFO: Cuando un estudiante no presente informe académico, se duplican las notas obtenidas en el siguiente periodo.

PARAGRAFO: Para estudiantes de10 y 11 que ingresen en segundo semestre sin valoraciones y no tengan oportunidad de asistir a clases en alguna asignatura

ARTÍCULO 18. EVALUACIÓN PARA EDUCACIÓN PREESCOLAR

Teniendo en cuenta las orientaciones del Decreto 2247 de 1997, en su Artículo 14 “La evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral, sistemático, permanente, participativo y cualitativo que promueve: conocer el estado de desarrollo integral del educando y de sus avances, estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos y  generar en el docente, los padres de familia y en el educando, espacios de reflexión que les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar las medidas necesarias para superar las circunstancias que interfieran en el aprendizaje”, la evaluación de los niños  del ciclo inicial del Colegio Orlando Higuita Rojas (IED)  se orienta a seguir la evolución de procesos de desarrollo de los estudiantes, a la toma de decisiones necesarias para adecuar el diseño del proceso educativo, al desarrollo de la acción educativa  frente a las necesidades y los logros detectados en los niños en sus procesos de aprendizaje.

Según lo establecido en el Decreto 2247, el ciclo inicial del Colegio Orlando Higuita Rojas (IED)  busca que la evaluación de desempeño de los educandos sea permanente, integral, descriptiva y cualitativa, teniendo en cuenta el nivel de desarrollo de cada niño; este proceso se evidenciará en un informe descriptivo acompañado de sugerencias que permitan al padre de familia reconocer los alcances y dificultades de su hijo, con el fin de favorecer la corresponsabilidad.

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA PREESCOLAR

En 1996 se promulga la resolución 2343 en la que se establecen los indicadores de logros curriculares para los tres grados del nivel de preescolar. Se afirma que los indicadores de logros curriculares para estos grados se formulan desde las dimensiones del desarrollo humano. Según el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997, en el nivel de educación Preescolar no se reprueban grados ni actividades. Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales. Para tal efecto, las instituciones educativas diseñarán mecanismos de evaluación cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos que les permitan a los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la formación integral del educando, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.

 

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

Con base en el Artículo 4, numeral 9 del Decreto 1290 de 2009 que hace referencia a estructurar los informes de  los estudiantes para  que  sean claros, comprensibles y den  información integral del avance en la formación, y el Articulo 11, numeral 2 del Decreto 1290 de 2009  que exige incorporar  en el Proyecto Educativo Institucional  los criterios,  procesos y procedimientos de  evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo. El Colegio Orlando Higuita Rojas (IED) reconoce la escala de valoración como un  instrumento diseñado para evaluar el nivel de desarrollo psicológico del menor, valora sus actividades espontáneas y naturales cuando está con otros niños o con adultos en su diario vivir, facilita reorientar las relaciones y prácticas de socialización en el medio familiar a través del trabajo con padres y la implementación de acciones pedagógicas con grupos de niños que impulsen la construcción de nuevas formas de relación con el niño en todos los espacios de la vida social, incidiendo en los procesos de crianza y educación de tal forma que se creen las condiciones para que sea posible el despliegue de la vida infantil y el desarrollo psicológico del niño. El colegio adopta una escala cualitativa teniendo en cuenta la valoración Superior, Alto, Básico y Bajo  para evaluar los desempeños de los  estudiantes.  Además, cada valoración de los desempeños reflejará el estado en que se encuentra el proceso de cada uno de los estudiantes y  tendrá en cuenta los siguientes juicios valorativos-descriptivos del proceso del estudiante, de la siguiente manera: Superior (S), Alto (A) y Básico (B)  cuyas definiciones son:

SUPERIOR: Este nivel de desempeño se evidencia cuando el estudiante se encuentra por encima de las exigencias escolares esperadas para el período académico. Se tienen en cuenta las siguientes actitudes:

Evidencia un conocimiento profundo y dominio de las actividades trabajadas y sus producciones revelan un nivel avanzado de competencias.

  • Se exonera de actividades complementarias para el período.
  • Frente al ámbito de la relación del niño consigo mismo y con los otros, sus producciones están por encima de lo propuesto.
  • Expresa a través de sus acciones autonomía y corresponsabilidad en las actividades escolares.

ALTO: Este  nivel de desempeño se evidencia cuando el estudiante cumple con los desempeños propuestos para el período académico, de acuerdo con lo esperado. Se tienen en cuenta las siguientes actitudes:

  • Sus producciones muestran adecuado conocimiento en relación con las temáticas planteadas.
  • En algunas consignas de trabajo propuestas, sus producciones están mediadas por reflexiones con el docente a partir de actividades sugeridas.
  • Frente al ámbito de la relación del niño consigo mismo y con los otros, sus producciones corresponden al nivel propuesto.

BÁSICO: Este nivel de desempeño se evidencia cuando el estudiante necesita del apoyo constante y un seguimiento por parte del  docente, padres o cuidadores. Se tienen en cuenta las siguientes actitudes:

  • Las producciones elaboradas durante el período escolar evidencian dominios iniciales frente a las temáticas trabajadas en el trimestre.
  • A partir de la implementación de planes de mejora constantes, en sus producciones evidencia el alcance de algunos indicadores definidos para el período académico.
  • Frente al ámbito de relación del niño consigo mismo y con los otros, muestra dificultad en su convivencia.
  • A partir de la intervención constante y directa del docente en sus producciones y acciones se evidencian niveles de autonomía y responsabilidad esperados para el período de manera inicial.

 

ARTÍCULO 19.  DESARROLLO INTEGRAL PARA LA EDUCACIÓN MEDIA (DIEM)

Se entiende por Desarrollo Integral de la Educación Media  las asignaturas complementarias para estudiantes de grado  décimo y undécimo, los cuales se rigen por las generalidades descritas en este documento, adicionalmente aplica  para estos grados las siguientes particularidades:

GENERALIDADES

El Desarrollo Integral de la Educación Media es un área obligatoria que aparecerá en el boletín de forma independiente cada período. Esta área se conforma por cuatro asignaturas lógica matemática, inglés, investigación y énfasis (gestión empresarial, habilidades comunicativas o gestión cultural)

Los estudiantes que presenten condición de discapacidad cognitiva certificada por la EPS, se regirán por lo expuesto en el artículo 16 de este documento. Si un estudiante ingresa al SENA o a alguna entidad de Educación Superior Tecnológica debidamente acreditada por el MEN y/o el Ministerio del Trabajo puede homologar esta área bajo los siguientes parámetros: el acudiente presentará solicitud escrita durante el primer periodo académico, anexando certificado original de estudios de la entidad donde conste nombre del estudiante, documento de identidad, nombre del programa e intensidad horaria  igual o superior a 240 horas por cada semestre y cada trimestre deberá presentar certificado de notas para hacer la respectiva homologación. Al finalizar sus estudios anuales debe presentar certificado de notas para asignar la calificación final de la DIEM para la promoción; sin embargo, en ningún caso recibirá los créditos otorgados por la universidad que realice el acompañamiento.

PARÁGRAFO 1: El curso de formación debe corresponder a un solo programa académico.

PARÁGRAFO 2: En caso de ingreso extemporáneo y/o si el estudiante no tiene calificaciones de la DIEM de la anterior institución se le duplicarán las notas de acuerdo con su permanencia.

PARÁGRAFO 3: Si un estudiante forma parte de programas de desarrollo deportivos, culturales o artísticos deberá demostrar los requisitos anteriormente mencionados.

PARÁGRAFO 4: El proceso de homologación se hace durante el primer periodo académico.

PARÁGRAFO 5: Para el caso de las estudiantes gestantes y lactantes se seguirán recomendaciones médicas y/o flexibilización de acuerdo con las indicaciones estipuladas por el departamento de Orientación.

PARÁGRAFO 6: Las cuatro asignaturas de la DIEM conforman un área y se tendrá en cuenta  para promoción del año escolar.

PARÁGRAFO 7: Para todo lo demás se ciñe a los principios básicos y formas de evaluación establecidas en este documento.

ARTICULO 20: EVALUACIÓN PARA LOS ESTUDIANTES DE JORNADA EXTENDIDA

           

De acuerdo con el Artículo 79 de la Ley General de Educación, se indica que el plan de estudios de las instituciones educativas poseen unas asignaturas obligatorias fundamentales y áreas optativas, dentro de estas áreas optativas entra la estrategia de Jornada Extendida que para la IED se constituye como una asignatura optativa, no reprobable de asistencia obligatoria para los estudiantes de los grados tercero, cuarto y quinto de básica primaria de la institución. La cual se reflejará en el boletín con una descripción cualitativa que dé cuenta del proceso de dicha jornada.

De esta manera, la Jornada Extendida es una estrategia de permanencia en el sistema educativo, está dirigida a estudiantes de instituciones oficiales, se implementa durante el año lectivo en horario contrario a la jornada escolar, y promueve la generación de espacios de aprendizaje que pueden desarrollarse dentro o fuera de las instituciones educativas (MEN, 2009).

Este proyecto articula los procesos de aprendizaje y desarrollo integral de los estudiantes a través de la participación en actividades lúdico pedagógicas que reconocen los saberes propios, las prácticas culturales, deportivas, artísticas, científicas y ambientales, entendiendo a los niños, las niñas y los jóvenes como sujetos de derechos, críticos, participativos y propositivos (MEN, 2009).

PARÁGRAFO 1: Para los estudiantes que no puedan asistir deberán presentar el debido soporte para validación de notas.

PARÁGRAFO 2: Para todo lo demás se ciñe a los principios básicos y formas de evaluación establecidas en este documento.

 

ARTÍCULO 21: SEGUIMIENTO AL SIEE

 

Dentro de los mecanismos de seguimiento se tendrán como evidencias documentales las contenidas en este documento.

Balance general por áreas finalizado cada periodo académico teniendo como insumo los formatos de rendimiento que se presentan en el consejo académico para análisis y discusión de dichos resultados.

Las modificaciones y adaptaciones de cualquier aparte del presente SIEE solo se realizan con la aprobación del consejo académico y consejo directivo.

ANEXOS

 

  1. MATRIZ DE ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN.

 

2. INFORME PARCIAL (ARCHIVO DE USO COMPARTIDO).

 

 

3. INFORME DE RENDIMIENTO ACADÉMICO.

 

4. ACTA DE COMPROMISO
5.FORMATO ÚNICO DE SEGUIMIENTO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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